<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<feed xmlns="http://www.w3.org/2005/Atom">
    <id>https://www.eldiaonline.com/feed-etiqueta/prision-domiciliaria</id>
    <link href="https://www.eldiaonline.com/feed-etiqueta/prision-domiciliaria" rel="self" type="application/atom+xml" />
    <title>El Día Ahora</title>
    <subtitle>Contenido multimedia para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Gualeguaychú y la región. Noticias, deportes, espectáculos, política, economía, cultura y más.</subtitle>
    <updated>2026-04-01T17:40:14+00:00</updated>
        <entry>
        <title>
            Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica: Casación denegó sus pedidos
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eldiaonline.com/cristina-kirchner-seguira-con-tobillera-electronica-casacion-denego-sus-pedidos" type="text/html" title="Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica: Casación denegó sus pedidos" />
        <id>https://www.eldiaonline.com/cristina-kirchner-seguira-con-tobillera-electronica-casacion-denego-sus-pedidos</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Día Ahora]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eldiaonline.com/cristina-kirchner-seguira-con-tobillera-electronica-casacion-denego-sus-pedidos">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SVRxWzYF72dPg76gHfYlr_rm1rw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2026/01/cristina.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara Federal de Casación denegó este viernes el pedido de la defensa de la ex presidenta Cristina Kirchner para que se le retire la tobillera electrónica y se amplíe el régimen de visitas, entre otras demandas.</p><p>La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría el pedido de la defensa de la ex mandataria, según fuentes judiciales.</p><p>De esta manera, además del uso de la tobillera, seguirá rigiendo el límite para el ingreso de personas que no integren el núcleo familiar inmediato, con un tope de hasta tres personas por encuentro, dos veces por semana y por un máximo de dos horas.</p><p>La disposición fue tomada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, mientras que Mariano Borinsky votó en disidencia.</p><p>La ex mandataria también había sido noticia el jueves cuando los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola solicitaron al Tribunal Oral Federal N°2 el decomiso de más de 140 inmuebles de Fernández de Kichner y el empresario Lázaro Báez, incluido el departamento de San José 1111 donde la ex jefa de Estado cumple prisión domiciliaria.</p><p>“Solicitamos el decomiso de 141 inmuebles —13 pertenecientes a sociedades de la familia Kirchner y 128 a sociedades vinculadas a Lázaro Báez—; 46 automotores; US$4.664.000 de la caja de seguridad a nombre de Florencia Kirchner; US$992.134 de la caja de ahorro del Banco de Galicia, y $53.280,24″, señalaron los fiscales.</p><p>&nbsp;</p><p>La pensión</p><p>Por otro lado, la Cámara Federal de la Seguridad Social dejó sin efecto este jueves la resolución que había dado de baja la pensión no contributiva de la ex presidenta por el fallecimiento del ex mandatario Néstor Kirchner, aunque el Ministerio de Capital Humano apeló esa medida.</p><p>La Cámara resolvió “declarar formalmente admisible el recurso” presentado por Cristina Kirchner y, en consecuencia, “suspender los efectos” de la resolución de la Anses que había dado de baja la pensión por la muerte de Néstor Kirchner en octubre de 2010.</p><p>Hasta hace dos años, cuando fue suspendida, la pensión rondaba los 8 millones de pesos mensuales.</p><p>&nbsp;</p><p>Fuente: Noticias Argentinas</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/SVRxWzYF72dPg76gHfYlr_rm1rw=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2026/01/cristina.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara Federal de Casación rechazó los pedidos de la defensa de la ex mandataria.]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2026-04-01T17:40:14+00:00</updated>
                <published>2026-02-13T16:47:00+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Plantean elevar a 75 años la edad para otorgar la prisión domiciliaria
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eldiaonline.com/plantean-elevar-a-75-anos-la-edad-para-otorgar-la-prision-domiciliaria" type="text/html" title="Plantean elevar a 75 años la edad para otorgar la prisión domiciliaria" />
        <id>https://www.eldiaonline.com/plantean-elevar-a-75-anos-la-edad-para-otorgar-la-prision-domiciliaria</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Día Ahora]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eldiaonline.com/plantean-elevar-a-75-anos-la-edad-para-otorgar-la-prision-domiciliaria">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_eGGPJdC6av7gcWp8khy7AMog-Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2024/01/tobillera_electronicajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>En los argumentos, señaló que "hay una marcada evolución de la esperanza de vida en la Argentina que fundamenta la modificación del articulado”. En este sentido, agregó: “Hoy el promedio supera los 76 años, siendo considerablemente más alta en ciertos sectores socioeconómicos”</p><p>“Los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) y la Dirección de Estadísticas e Información en Salud (DEIS) del Ministerio de Salud, dan cuenta que la esperanza de vida al nacer en el país es de 76,6 años para el total de la población, y que en zonas urbanas y especialmente en ciertos estratos sociales, la expectativa de vida supera los 80 años”, apuntó.</p><p>Milman ahondó que "está documentado que se han otorgado prisiones domiciliarias, alrededor de un 58% según un informe del Ministerio Público Fiscal del 2021, a mayores de 70 años sin un examen médico independiente. Esto da lugar a percepciones de impunidad, especialmente en casos de delitos de lesa humanidad y corrupción”.</p><p>“El mejor ejemplo del mal uso etario, entre varios, es el de la prisión domiciliaria a la que accedió el exgobernador José Alperovich, de 70 años, quien fue condenado a 16 años de prisión por abuso sexual, sin una real evaluación de la necesidad del beneficio, pero, además, otorgándosela a un condenado que utilizaba el régimen de visitas higiénicas y/o íntimas, según se informó a través de diversos medios de comunicación”, expresó.</p><p>El diputado nacional aseguró que "con este proyecto no se busca restringir derechos humanos ni vulnerar garantías, sino actualizar la legislación penal en función de los parámetros demográficos actuales, priorizando un uso más criterioso, fundado y excepcional de la prisión domiciliaria".</p><p>"Con un nuevo umbral de 80 años, preservaríamos el carácter excepcional del beneficio, evitando que sea utilizado por los condenados para eludir el cumplimiento efectivo de la pena”, finalizó.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_eGGPJdC6av7gcWp8khy7AMog-Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2024/01/tobillera_electronicajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>El diputado nacional Gerardo Milman (PRO) presentó un proyecto de ley, junto a su par Marilú Quirós, para modificar el artículo 32 de la Ley 24.660 -de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad-, con el fin de elevar la edad de 70 a 75 años para otorgar la prisión domiciliaria a personas condenadas.]]>
                </summary>
                                <category term="politica" label="Política" />
                <updated>2025-06-27T22:32:43+00:00</updated>
                <published>2025-06-27T22:28:09+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            Prisiones preventivas domiciliarias en Gualeguaychú: más de 25 personas esperan sus condenas en sus hogares
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eldiaonline.com/prisiones-preventivas-domiciliarias-en-gualeguaychu-mas-de-25-personas-esperan-sus-condenas-en-sus-hogares" type="text/html" title="Prisiones preventivas domiciliarias en Gualeguaychú: más de 25 personas esperan sus condenas en sus hogares" />
        <id>https://www.eldiaonline.com/prisiones-preventivas-domiciliarias-en-gualeguaychu-mas-de-25-personas-esperan-sus-condenas-en-sus-hogares</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[Isidro Alazard]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eldiaonline.com/prisiones-preventivas-domiciliarias-en-gualeguaychu-mas-de-25-personas-esperan-sus-condenas-en-sus-hogares">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jgKqxXiaeD1-TkW3OkPpe6e3V58=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2025/06/ciudad_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La prisión domiciliaria de Cristina Fernández de Kirchner, tras la confirmación de su condena, reabrió el debate público sobre el alcance, los criterios y el sentido de esta modalidad de cumplimiento penal. Más allá de su carácter simbólico y político, el caso de la expresidenta pone sobre la mesa una pregunta clave: ¿Qué implica cumplir una condena en el hogar, en lugar de una unidad penitenciaria, una jefatura o una alcaldía y bajo qué condiciones puede otorgarse ese beneficio?</p><p>En Gualeguaychú, 28 personas están actualmente bajo el régimen de prisión preventiva domiciliaria, lo que es una medida que se toma mientras de desarrolla el proceso penal, cuando la causa se encuentra en trámite. Así lo confirmó Luis Báez, jefe de la Policía Departamental Gualeguaychú, quien indicó que los detenidos están distribuidos en las jurisdicciones de las comisarías Primera, Segunda, Tercera, Quinta, Sexta, Octava y Novena.</p><p>Según explicó el funcionario, la cifra se ha mantenido estable durante el último año. La decisión de otorgar una prisión domiciliaria depende exclusivamente del Juez de Garantías, conforme a lo que establece el artículo 349 del Código Procesal Penal. En ese sentido, también es el Juez quien evalúa los criterios legales y médicos.</p><p>Respecto a los controles del cumplimiento de la prisión, Báez detalló que están a cargo de la Policía en cada jurisdicción: “Las visitas son mínimo dos por día, las cuales quedan asentadas en un libro de registro. Si al momento del control, la persona no está en el domicilio, se informa a la Fiscalía y por lo general el Juez de Garantías dispone la detención del preso”. En cuanto al perfil delictivo de quienes acceden al beneficio, destacó que se trata, en su mayoría, de delitos contra la propiedad, como robos o hurtos simples, en varios casos con antecedentes reiterativos.</p><p>Prisión domiciliaria con condena firmeEn cuanto a los requisitos jurídicos necesarios para que una prisión domiciliaria sea concedida, Ahora ElDía&nbsp;habló con Martín Scattini, Fiscal de Ejecución Penal (la autoridad que decide sobre la condena, una vez que está firme): “La prisión domiciliaria no se le da a todas las personas. Es una facultad del Juez en función de cada caso en particular, teniendo en cuenta si se cumplimentan las cuestiones fácticas y jurídicas para poder hacer lugar a ese tipo de medida. No es una concesión en beneficio de la persona que está condenada, sino que tiene que ver con otras cuestiones, como por ejemplo la edad o la salud”.</p><p>En cuanto a los criterios, Scattini enumeró cinco supuestos que son tenidos en cuenta a la hora de evaluar el beneficio:</p><p>&nbsp;</p>Cuando hay una persona enferma y esa privación de libertad en un establecimiento penitenciario no puede tratar esa dolencia, o el hecho de estar alojado allí pueda agravar su patología (por malas condiciones de salubridad, de higiene, de alimentación).Cuando existe una discapacidad: desde el punto de vista constitucional y convencional, se interpreta que la condena en el establecimiento penitenciario significa un trato cruel, inhumano y degradante.Cuando una mujer está embarazada puede solicitar la prisión domiciliariaCuando la persona condenada tiene un niño menor de cinco años (con excepciones) o una persona discapacitada a su cargo.Cuando una persona tiene más de 70 años.<p>&nbsp;</p><p>“La ejecución de esa pena privativa de libertad, y las circunstancias de la domiciliaria dependen de la interpretación que hagan de la norma los Superiores Tribunales de cada jurisdicción provincial del artículo 10 del Código Penal, o el artículo 32 de la ley 24.660 (la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. A pesar de que la Ley es la misma para todo el territorio nacional, hay matices en cuanto a interpretar el alcance de las normas”, relató el fiscal, y añadió: “Esta modalidad es alternativa y excepcional, no se concede a cualquier persona, ni por tener hijos de cinco años ni por tener alguna enfermedad. Adicionalmente, hay casos particulares en donde el domicilio que se propone no es el adecuado. Puede haber un riesgo de fuga o diversas situaciones a evaluar en cada caso concreto. Un claro ejemplo es el de una persona que está condenada por abuso sexual y hay menores viviendo cerca del domicilio que se propone”.&nbsp;</p><p>Adicionalmente, aclaró que el otorgamiento no depende de los delitos: “La prisión domiciliaria no es un instituto que esté vinculado a un delito en particular para su concesión o para su denegatoria. La persona puede haber cometido un homicidio, una venta de estupefacientes, un abuso sexual o una estafa: si la persona está condenada, se da el encuadre jurídico y la prisión domiciliaria en el caso concreto se puede otorgar, se otorga, sin tener ningún tipo de vinculación con el tipo de delito cometido”.</p><p>En cuanto a lo que significa esta modalidad, Scattini explicó que “el beneficiario de esta modalidad no puede salir del domicilio alegremente, ir a la calle y ponerse a charlar con los vecinos. El espíritu de la ley tiene que ver con estar y permanecer dentro del lugar asignado y no generar ninguna cuestión que pueda ser tomada como una provocación. En el caso de que se conceda la prisión domiciliaria y esté en juego el interés superior de algún niño, la persona puede, por ejemplo, llevar los hijos a la escuela”, explicó el fiscal, pero aclaró que en ese caso es necesario el monitoreo constante y se le exige comunicar los horarios de salida y de regreso: “Ya es excepcional el cumplimiento de la prisión en un domicilio, más excepcional es hacerles lugar a ciertos permisos como para que desarrolle actividades en la vida diaria. Si no, se desnaturaliza definitivamente el cumplimiento de una pena: estaríamos ante una persona que, desde el punto de vista formal, se la declaró culpable, pero que no cumple una pena privativa de la libertad”.</p><p>“El objetivo de la pena tiene que ver con que la persona adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley, que comprenda que transgredió una norma y tome conciencia del daño que ha producido. Todas estas cuestiones, en una persona que está en un establecimiento penitenciario, se buscan inculcar a través de lo que se conoce como ‘tratamiento individualizado de la pena’, con psicoterapia y talleres”, contó Scattini, pero advirtió que en las prisiones domiciliarias no se aplican los diversos talleres, ya que se dictan en las unidades penales. Sin embargo, el tratamiento psicológico se lleva a cabo a través de la virtualidad.&nbsp;</p><p>“Ante el incumplimiento de la domiciliaria, inmediatamente se convoca a una audiencia y se trata la revocación de ese beneficio que se le concedió, para luego ser trasladado a un establecimiento penitenciario para cumplir la pena”, sostuvo el Fiscal de Ejecución Penal, y concluyó: “En el sentido común de las personas está la idea de que cuando alguien va preso, no la va a ver más, que ‘ya se solucionó ese problema’, pero la realidad es que la persona vuelve a la sociedad: el 80% de las penas son de 3 a 10 años. Quienes cometen un homicidio agravado y reciben una pena perpetua son la excepción. Entonces, todas las decisiones que podamos tomar tienen que ir hacia el objetivo: que esa persona, cuando vuelva a vivir en sociedad, esté rehabilitada, que se haya resocializado y que no vuelva a cometer delitos”.&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/jgKqxXiaeD1-TkW3OkPpe6e3V58=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2025/06/ciudad_1.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Aunque se trata de un beneficio excepcional, esta modalidad preventiva y de cumplimiento penal ha ganado presencia en el sistema judicial local, aplicándose sólo cuando se acreditan condiciones personales que la justifican. Tanto la Policía como la Justicia enfatizan que no equivale a libertad, sino a una modalidad de cumplimiento bajo estricta vigilancia.]]>
                </summary>
                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-04-01T17:40:14+00:00</updated>
                <published>2025-06-21T23:30:45+00:00</published>
    </entry>
        <entry>
        <title>
            El insólito motivo por el cual la Justicia de Concepción del Uruguay le dio a un hombre prisión domiciliaria en Gualeguaychú
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://www.eldiaonline.com/el-insolito-motivo-por-el-cual-la-justicia-de-concepcion-del-uruguay-le-dio-a-un-hombre-prision-domiciliaria-en-gualeguaychu" type="text/html" title="El insólito motivo por el cual la Justicia de Concepción del Uruguay le dio a un hombre prisión domiciliaria en Gualeguaychú" />
        <id>https://www.eldiaonline.com/el-insolito-motivo-por-el-cual-la-justicia-de-concepcion-del-uruguay-le-dio-a-un-hombre-prision-domiciliaria-en-gualeguaychu</id>
        <author>
            <name>
                <![CDATA[El Día Ahora]]>
            </name>
        </author>
        
                                <content type="html" xml:base="https://www.eldiaonline.com/el-insolito-motivo-por-el-cual-la-justicia-de-concepcion-del-uruguay-le-dio-a-un-hombre-prision-domiciliaria-en-gualeguaychu">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_eGGPJdC6av7gcWp8khy7AMog-Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2024/01/tobillera_electronicajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La jueza del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, Mariela Emilce Rojas, resolvió este lunes 15 de enero “conceder el beneficio de prisión domiciliaria al condenado ALV en el domicilio sito en Gualeguaychú, donde reside su pareja EC, por el término de 90 días, a partir del 6 de febrero de 2024, bajo vigilancia electrónica”.</p><p>Además, la jueza dispuso que se libren “los recaudos pertinentes a fin de solicitar se incorpore al condenado al programa de asistencia de personas bajo vigilancia electrónica del ministerio de justicia y derechos humanos, dirección nacional de readaptación social, debiendo colocarse el dispositivo de control en forma indefectible en la fecha indicada”.</p><p>Rojas también le informó al condenado que “deberá realizar el acta compromisoria correspondiente, y de su obligación de permanecer en el domicilio autorizado, bajo apercibimiento de revocarse inmediatamente la modalidad de detención que se autoriza y disponer su traslado a una unidad carcelaria”.</p><p>Defensa</p><p>La defensa, al solicitar el beneficio, refirió que “la situación de la familia de su asistido merece una nueva revisión de su situación de detención y que si bien su caso no se ajusta a los supuestos previstos por la ley de ejecución penal una interpretación literal vendría en detrimento de sus derechos”.</p><p>La defensa también mencionó “normativa internacional relacionada a la igualdad entre hombres y mujeres para el otorgamiento de la prisión domiciliaria y del Interés Superior del Niño”. Señaló que “si bien es inevitable que la pena de prisión trascienda al grupo familiar del condenado, nunca puede traducirse en una situación de desamparo para terceros, ya que en ese caso puede devenir en consecuencias personales irreversibles para el menor”.</p><p>Fiscalía</p><p>Por su parte, Fiscalía se opuso a la concesión de la morigeración argumentando que “en este supuesto, se advierte que la circunstancia planteada por la defensa no se halla contemplada en ninguno de los supuestos en los que el Código Penal y la Ley de Ejecución autorizan transitar las penas en modalidad domiciliaria”. Añadió que el beneficio comprende a la madre y no al padre. Concluyó afirmando que “la aplicación de la pena efectivamente resulta necesaria para el condenado por el delito cometido y por el que recibió condena, razón por la cual entiende que debe rechazarse el pedido de prisión domiciliaria efectuado por la defensa del condenado”.</p><p>Circunstancias excepcionales</p><p>Rojas, luego de realizar un “repaso in extenso del derrotero” de las actuaciones sostuvo que “en primer lugar, debo destacar que si bien asiste razón a la fiscalía en cuanto afirma que la condena de cuatro años impuesta al nombrado debe ser cumplimentada en forma efectiva, cierto es que las circunstancias excepcionales que se vislumbran en el presente caso, imponen la necesidad de analizar la situación constelacional concreta, en la que su pareja está en cercanía de dar a luz y tienen otros dos hijos pequeños que deben quedar al cuidado de un familiar”.</p><p>Excepciones</p><p>La jueza añadió que “es sabido que la regla general a la imposición de una pena privativa de la libertad de cuatro años implica que sea de cumplimiento efectivo dentro de una unidad penitenciaria, ahora bien nuestro ordenamiento jurídico permite ciertas excepciones en las que la modalidad de cumplimiento puede verse morigerada”.</p><p>En este sentido expresó que “las constancias remitidas por la defensa en su presentación primigenia, que se compone de imágenes fotográficas de las condiciones habitacionales en las que vive la mujer y su grupo familiar, los certificados y las constancias de atención médica y estudios realizados a la madre del condenado, así como también las constancias obrantes respecto al embarazo de EC y su cirugía de cesárea programada para el próximo 8 de febrero del corriente año, nos permiten reconstruir las circunstancias en las que se desenvuelve en la actualidad la familia del condenado…”.</p><p>Informe</p><p>El 8 de enero se conoció el informe socio ambiental que realizó el Escuadrón 56 de Gendarmería Nacional Gualeguaychú, que consignó que el domicilio en el que vive la pareja del condenado “se compone de una cocina comedor, una habitación y un baño y que en la misma viven tres personas. Que su situación económica es considerada baja, ya que solo posee AUH por un monto mensual de 80.000 pesos”.</p><p>Añadió que el “hijo de un año y medio padece dermatitis y su hija de cuatro años padece afecciones respiratorias, que su hija de cuatro años cursa salita de cuatro en la escuela… de Gualeguaychú; y que en el lugar de residencia no posee familiares y vive únicamente con sus dos hijos menores de edad”. (APFDigital)</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/_eGGPJdC6av7gcWp8khy7AMog-Y=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://eldiacdn.eleco.com.ar/media/2024/01/tobillera_electronicajpg.jpg" class="type:primaryImage" /></figure>Estará con tobillera electrónica y la medida es por 90 días. Comenzará a regir a partir de los primeros días de febrero. Las condiciones socioambientales de su familia fueron claves para la decisión.]]>
                </summary>
                                <category term="policiales" label="Policiales" />
                <updated>2026-04-01T17:40:14+00:00</updated>
                <published>2024-01-16T18:57:16+00:00</published>
    </entry>
    </feed>